jueves, 20 de mayo de 2010

¿TENEMOS YA PLANES PARA LAS VACACIONES?

Hola a todos!!!

QUE YA HA LLEGADO EL VERANOOOOOOOOOOOOOOOO!!!!! ( jajajajajja)

Menos mal porque parecía que no iba a llegar nunca. ¿Ya tenemos algún plan para las vacaciones?

Creo que no estaría mal que nos contáramos los posibles planes para el verano o incluso lo que nos gustaría hacer no? pues yo voy a ser la primera en explicarlo.

Yo este veranos de momento me quedaré en Barcelona porque tengo una boda en agosto y lo de ir al pueblo lo mismo lo tengo que retrasar aunque la boda será genial.

De todas maneras se me presenta una posible semana en Julio de vacaciones en la playa en Blanes a ponerme bien morena, que son las fiestas y la verdad que son muy chulas porque todas las noches durante casi una semana tiran petardos en la orilla del mar y es muy bonito verlo de cerca así que es una idea si queréis ir.

Y luego ya se verá porque el verano es muy largo y si puedo también iré al pueblo a pasar unos días con mis amigos de allí y con la familia a comer y de fiesta para no variar jajajaj

Bueno pues lo dicho que a ver que nos contamos y espero ideas que nunca vienen mal, un saludo a todos.

jueves, 13 de mayo de 2010

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

La prevención de riesgos es el conjunto de actividades o medidas adoptadas en todas las empresas con el fin de evitar o disminuir los riesgos en el trabajo. Las características de los puestos de trabajo, de las actividades realizadas en los mismos y de las sustancias utilizadas, pueden tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. Conocer y prevenir estos riesgos es imprescindible para evitar los posibles efectos de los mismos sobre la salud. La prevención de riesgos laborales se trabaja desde cuatro disciplinas, que coordinan sus actividades para realizar una prevención de riesgos laborales integral y unificada:

Seguridad en el Trabajo: relativa a los conceptos y técnicas de seguridad en lugares de trabajo, instalaciones, máquinas y equipos de trabajo, así como las posibles situaciones de emergencia que se puedan producir.

Higiene Industrial: relativa a la evaluación de riesgos por exposición a determinados agentes físicos, químicos y biológicos.

Ergonomía y Psicosociología aplicada: relativa a los riesgos derivados de las características del trabajo asociados a cada tipo de actividad (esfuerzos, manipulación de cargas, posturas de trabajo,...) y a la carga de trabajo, tanto física como mental. También se incluyen en esta disciplina, los riesgos psicosociales derivados de la organización del trabajo.

Medicina del trabajo: trabaja sobre los riesgos y las posibles alteraciones que pueden producir sobre la salud de los y las trabajadoras, vigilando la salud de las personas expuestas en su medio laboral.






LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓNLos servicios de prevención son los encargados de:
Diseño, implantación y aplicación de un Plan de Prevención de riesgos laborales en las empresas.
Evaluación los factores de riesgo que puedan afectar a la salud y a la seguridad de los y las trabajadoras.

Planificación de la actividad preventiva y la determinación de las prioridades en la adopción de medidas preventivas, y vigilancia de su eficacia.

Formación e información de los trabajadores en relación a la prevención de riesgos laborales.
Prestación de primeros auxilios y planes de emergencia.

Vigilancia de la salud de los y las trabajadoras en relación con los riesgos derivados de su trabajo.
No todas las empresas deben tener servicios de prevención propios.

El empresario/a designará a uno o más trabajadores para realizar la actividad preventiva en la empresa. Para las actividades preventivas que los trabajadores designados no estén cualificados para realizar, el empresario podrá contar con un servicio de prevención propio o ajeno. No es obligatoria la designación si el empresario/a ha asumido personalmente la actividad preventiva, o si cuenta con servicio de prevención propio o ajeno.

El empresario/a deberá constituir un servicio de prevención propio si se trata de una empresa con más de 500 trabajadores o más de 250 trabajadores si desarrollan actividades peligrosas, o si no cumpliendo lo anterior, lo dictamine la autoridad laboral tras un informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Las especialidades que no asuma el servicio de prevención propio, podrán ser concertadas con un servicio de prevención ajeno.

Ya me contareis, un saludo.